Skip to main content

En la actualidad, en nuestro país existen cuatro instrumentos de gestión para la conservación de la fauna de vertebrados: El Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE), la Ley de caza, los tratados internacionales y el Libro Rojo.

Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado (SNASPE)

Bajo este sistema (administrado por CONAF) existen tres regímenes de áreas protegidas en Chile: Parques Nacionales, Reservas Nacionales (de fauna y forestales) y Monumentos Naturales.

Parques Nacionales: fueron creados en 1925 y actualmente protegen cerca de nueve millones de hectáreas. La fauna queda protegida dentro de estos lugares porque en su interior se prohíbe la caza y recolección de sus derivados (como por ejemplo, huevos).

Reservas Nacionales: se hicieron para proteger especies amenazadas ya sea de animales o árboles y no están abiertas al público.

Monumentos Naturales: son zonas de interés estético o valor histórico o científico, a los cuales se les da protección absoluta. Se crearon con el fin de conservar una especie determinada o un lugar y son inviolables, excepto para realizar investigaciones científicas debidamente autorizadas, o inspecciones gubernamentales. Protegen unas 15 mil hectáreas.

Ley de caza

Esta ley fue promulgada en 1929, pero en 1996 fue sustituida por la Ley 19.473, que establece la prohibición de caza, captura o recolección de fauna vertebrada nativa de Chile.

Con la excepción de peces, reptiles marinos, pingüinos y mamíferos marinos (ballenas, delfines, focas, elefantes, lobos y nutrias), que están protegidas por normas derivadas de la Ley General de Pesca y Acuicultura, realizada por la Subsecretaría de Pesca y del Servicio Nacional de Pesca.

Algunos de los puntos más importantes de la Ley de caza son:

– Todo ejemplar de cualquier especie (terrestre o acuático), que viva en estado natural, libre o independiente del hombre, sin importar cuál sea su etapa de desarrollo, exceptuados los animales domésticos y los domesticados, no podrán ser cazados.

– Se prohíbe en todo el territorio nacional la caza, captura o recolección de ejemplares de la fauna silvestre catalogados como especies en Peligro de Extinción, Vulnerables, Raras y Escasamente Conocidas.

También se impide la caza de especies calificadas como beneficiosas para la actividad silvoagropecuaria, para la mantención del equilibrio de los ecosistemas naturales o que presenten poblaciones reducidas.

– Respecto de las demás especies que no están en las categorías de conservación se pueden establecer temporadas de veda y zonas específicas de caza o captura.

– El presidente de la República, mediante un decreto supremo gestionado por intermedio del Ministerio de Agricultura, podrá prohibir temporalmente la caza, captura o recolección en determinadas zonas del país, cuando así lo exija un tratado internacional, se produzcan situaciones catastróficas que afecten la fauna silvestre u otras que causen daño ambiental.

– Queda prohibido, en toda época del año, levantar nidos, destruir madrigueras y recolectar huevos y crías. Solo excepto de dos especies que son consideradas dañinas: el Gorrión (Passer domesticus) y la Cotorra argentina (Myiopsitta monachus).

– Se impide la venta de aves silvestres cazadas o capturadas, así como de sus productos, subproductos y partes del cuerpo.

– Se prohíbe la caza o captura en las áreas protegidas (Parques Nacionales, Reservas Nacionales, Monumentos Naturales), como en zonas nativas, Santuarios de la Naturaleza, entre otras.

– El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) solo podrá autorizar la caza o la captura de determinadas especies en los lugares determinados, pero solo para controlar la acción de animales que causen graves perjuicios al ecosistema (plagas), para establecer centros de reproducción o criaderos o para permitir una utilización sustentable del recurso.

Tratados internacionales

Como miembro de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), Chile ha suscrito diversos tratados. Entre las más importantes están:

Convenciones: la CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres) es un tratado incorporado al ordenamiento legal de Chile en 1975, que prohíbe o restringe la comercialización de animales y sus subproductos, partes de su cuerpo de algunas especies que se consideran en Peligro de Extinción o Vulnerables.

La convención de Washington firmada en 1967 ayuda a la protección de la flora, fauna y zonas naturales de América. La convención relativa a los Humedales de Importancia Internacional especialmente como Hábitats de Aves Acuáticas fue firmado en la ciudad de Ramsar (Irán) el 2 de febrero de 1971. Chile se suscribió a esta convención en el año 1981 y actualmente, cuenta con nueve sitios Ramsar (humedales). Además, participa en la Convención de Diversidad Biológica (CDB) y la Convención de especies Migratorias (CMS).

Convenios: entre ellos se cuenta el Convenio sobre la Conservación de Especies de la Fauna Salvaje (incorporada al ordenamiento legal de Chile en 1981) y el Convenio sobre la Diversidad Biológica o Biodiversidad que fue firmado en mayo de 1992 en Río de Janeiro y ratificado en septiembre de 1994. También forma parte del Convenio para la Protección y Manejo Sustentable de la Vicuña y el Convenio de Lucha contra la Desertificación y la Sequía (CCD).

Protección de la fauna chilena

Existen dos razones por las cuales proteger a la fauna nativa por su importancia ecológica y económica. Las razones por importancia ecológica se refieren a los animales que cumplen una función irremplazable al mantener los ecosistemas en equilibrio y están descritas de la siguiente manera:

1. Si desapareciera la fauna, también lo haría toda la flora, ya que la polinización y la propagación de frutos es efectuada por los animales.

2. Si faltaran los animales que comen plantas acuáticas, se alterarían los cursos de agua. Las razones por importancia económica se entienden como:

– La fauna entrega diversos productos como: carnes, pieles, plumas, cueros, huevos, guano o estiércol, entre otros.

– El interés por las diversas especies se transforma en una atracción para los aficionados o profesionales de la fotografía y turistas en general.


Warning: Invalid argument supplied for foreach() in /www/wwwroot/www.icarito.cl/wp-content/themes/icarito-v1/template-parts/content-relacionadas.php on line 13