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El Tratado Antártico es un pacto regulatorio sobre el uso pacífico del continente Antártico al que Chile se incorporó en 1961, año en que entró en vigencia.

El Tratado Antártico se firmó en Washington DC el 1 de diciembre de 1959 y fue aprobado por el Gobierno de Chile el 24 de junio de 1961, año en que entró en vigencia. Los otros países firmantes fueron: Argentina, Australia, Bélgica, Francia, Japón, Nueva Zelandia, Noruega, República de Sudáfrica, Unión Soviética, Reino Unido, Irlanda del Norte y Estados Unidos. 

Todos estos países signatarios pasaron a denominarse también países consultivos. A esta última categoría han ingresado posteriormente Polonia, República Federal de Alemania, Brasil, India, Uruguay y República Popular China. 

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La Tercera

Tratado Antártico

El Tratado Antártico es un documento rector que establece normas en relación al uso pacífico del continente Antártico, fomentando la cooperación para el desarrollo de la investigación científica y el intercambio de informaciones en relación a la exploración antártica.

El pacto delimita también las actividades que se desarrollan en el continente con el objetivo de resguardar el medioambiente.

Designa a la Antártica como una región de paz y cooperación, abordando además los reclamos de soberanía:

“En interés de toda la humanidad que la Antártica continúe utilizándose siempre exclusivamente para fines pacíficos y que no llegue a ser escenario u objeto de discordia internacional”.

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La Tercera

En el presente, el tratado cuenta con 33 miembros, 18 consultivos y 21 adherentes. 

Aquí están representados todos los continentes y latitudes, así como diferentes grados de desarrollo y sistemas políticos. El tratado está abierto a la adhesión de todos los Estados miembros de las Naciones Unidas y a cualquier otro Estado que pueda ser invitado a adherir a él por las partes consultivas. 

El tratado permanece vigente indefinidamente y los miembros del primer grupo (signatarios) no pueden retirarse de él. 

Sin embargo, se establece que transcurridos 30 años desde su fecha de Vigencia, cualquiera de las partes puede solicitar una reunión para revisar el tratado. Así, esta revisión puede solicitarse desde el año 1991.