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El jueves 6 y por unanimidad, el Senado aprobó el proyecto de ley que establece un Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior con lo cual la iniciativa legal queda en condiciones de ser promulgada como Ley de la República. La nueva normativa determina que sólo las instituciones acreditadas podrán obtener recursos del Estado. Además, la acreditación será obligatoria para las carreras de Medicina y Pedagogía.
Se estima que la ley de acreditación permitirá, entre otras cosas, normar el desenfrenado crecimiento de instituciones de educación superior mediante mecanismos transparentes y objetivos que permitan acreditar instituciones, carreras y programas, siendo la clave del proceso la autoexigencia.
Es por ello que al término de la votación en la Cámara Alta, el titular de Educación, Martín Zilic, destacó:
“Este es un paso muy importante. Hoy día podemos trabajar con tranquilidad para asegurar la calidad a los jóvenes que ingresan a la educación superior y generar un sistema más transparente, con más información para los padres y para los estudiantes”..
En 1990 había sólo 245 mil jóvenes en la educación superior, mientras que en la actualidad hay 630 mil alumnos en este nivel de enseñanza. “Con esta ley aprobada podremos garantizarle a esos miles de jóvenes que hoy pueden acceder a la educación superior que, cuando elijan una carrera, no perderán ni su tiempo ni su dinero porque supervisaremos que esos estudios cumplan con estándares de calidad”.
La acreditación institucional busca efectuar un análisis periódico de los mecanismos existentes al interior de las instituciones de educación superior autónomas para asegurar su calidad, para dar tranquilidad a las familias que invierten tiempo, recursos y expectativas en el futuro de sus hijos al apostar por este nivel de enseñanza.
Dicha acreditación será voluntaria, pero constituirá un requisito esencial para poder acceder a cualquier tipo de financiamiento de origen estatal.
Respecto de la acreditación de carreras o programas, se estableció que ella es obligatoria para Medicina y Pedagogía.
Por último, desde el año 2003, la Comisión Nacional de Acreditación de Pregrado (CNAP) había desarrollado un sistema piloto y voluntario de acreditación tanto para instituciones de educación superior como para programas.

Trayecto de la ley

El Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (Sinac) llegó a su último trámite legislativo al ser aprobadas por 90 votos a favor las observaciones que realizó la Comisión Mixta que resolvió el tema.
El Sinac había pasado por innumerables Comisiones de Educación del Senado y de la Cámara, recibiendo cerca de 500 indicaciones. En las sucesivas votaciones, los legisladores impugnaron una serie de observaciones. Temas como la obligatoriedad del proceso, los parámetros de calidad utilizados, la posibilidad de la acreditación voluntaria y la acción de agencias internacionales fueron tradicionales puntos de discordia.
Finalmente, lo que se votó y aprobó en el Senado es un proyecto renovado, donde la acción de la Comisión mixta, compuesta por diputados y senadores, intentó saldar la mayor parte de las discordancias. Después de tres años de tramitación, los legisladores lograron coincidir en temas claves: La facultad del Mineduc para cerrar carreras, la acreditación de las carreras de Pedagogía y Medicina, el sistema de legislación sobre los títulos académicos y la participación estudiantil en el proceso.
Por último es necesario establecer que el proyecto, aprobado por el poder legislativo, contempla la incorporación de dos representantes estudiantiles, reglamentos para la elección de los pares evaluadores, además de acreditación de hasta 7 años y de caracter voluntario para las carreras de pregrado.

La nueva ley comenzará a operar a fines de este año, debido a que requiere de varios reglamentos. Asimismo, las instituciones de educación superior tendrán dos años para acreditar en forma obligatoria las carreras de Medicina y las distintas pedagogías.
La norma, que debe pasar por el Tribunal Constitucional, podría promulgarse dentro de un mes. Hasta ahora, en el marco del plan piloto de acreditación, sólo seis de los 19 programas de Medicina se han acreditado. En el caso de las pedagogías, la situación es peor: sólo 63 carreras, de 417, han certificado su calidad. Una vez que la nueva norma comience a operar en términos prácticos, las carreras no sólo podrán ser acreditadas por la Comisión Nacional de Acreditación, sino también por agencias privadas,  instancias que deberán pasar previamente por un proceso de certificación.

Alumnos de carreras no certificadas no tendrán crédito

En aquellas carreras que no cuenten con la certificación que establece la ley, sus alumnos no tendrán derecho a ningún tipo de recurso público, incluyendo el crédito fiscal. Así lo explicó el jefe de Educación Superior, Julio Castro, al comentar la nueva ley.
“Si un estudiante de Medicina o del área de Pedagogía de una institución del Consejo de Rectores está en una carrera que no ha sido acreditada dentro del plazo de dos años desde la publicación de la ley, no tendrá derecho a ningún beneficio público”, aclaró.
La nueva ley también permitirá al Mineduc cerrar las sedes que no cumplan con sus propias normativas o que no entreguen los títulos que deben otorgar. Ello, luego de una denuncia de estudiantes o de la nueva comisión. Desde hace años se ha constatado un fuerte crecimiento de estas entidades.

Alcances de ley de acreditación

En la ley que establece un Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, destacan cinco puntos:

  • Licenciamiento: evaluación, aprobación y supervisión de las nuevas instituciones de educación superior, incluyendo la apertura de nuevas sedes o la creación de carreras o programas.
  • Acreditación Institucional: permite la revisión periódica de los mecanismos existentes al interior de las instituciones autónomas de educación superior para asegurar su calidad.
  • Acreditación de carreras o programas, que verifica la calidad de los programas de las distintas instituciones, a los estudiantes y establece la obligatoriedad de acreditación para las carreras de Medicina y Pedagogía.
  • Acreditación de Postgrados: funcionará de la misma forma que la acreditación de carreras o programas, es decir de forma voluntaria, pero es un requisito esencial para obtener cualquier apoyo o financiamiento estatal.
  • Sistema de Información: la División de Educación Superior facilitará a los usuarios la información necesaria requerida para tomar decisiones efectivas y claras al momento de elegir una institución o carrera.

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