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La Presidenta Michelle Bachelet, junto a la Ministra de Educación, Yasna Provoste, firmaron esta mañana en el Palacio de La Moneda la promulgación de la ley 20.244, que establece mejoras en las condiciones de trabajo y remuneración del personal no docente de todos los establecimientos del país, los que a contar de hoy pasarán a llamarse «Asistentes de la Educación».

La nueva normativa, que releva el trabajo y aporte que realizan en materia de educación el personal auxiliar, administrativo y profesional extra docente (inspectores, jefes de UTP, entre otros) en los establecimientos educacionales, permitirá incrementar las remuneraciones de los trabajadores, sujeto a desempeño individual, y normar de mejor forma las condiciones y requisitos para desempeñarse en las tareas propias de este importante sector de la comunidad educativa.

En la ceremonia además estuvieron presentes, los ministros del Interior, Edmundo Pérez Yoma; de Hacienda, Andrés Velasco; de Gobierno, Francisco Vidal; la Subsecretaria de Educación, Pilar Romaguera y el Presidente de la Asociación Chilena de Municipalidades, Rabindranath Quinteros.

«Más allá de los datos estadísticos, hay algo muy significativo y tiene que ver con el cambio de la denominación, porque hoy existen cerca de 80 mil hombres y mujeres a lo largo del sistema educativo que eran denominados a partir de una negación, de los no docentes y el no reconocimiento de ellos en la importante labor educativa; de manera que esta nueva denominación tiene que ver con el reconocimiento de todos los actores en el sistema educativo», explicó la Ministra Provoste. 

«Y esto no sólo va a ir en beneficio de los asistentes de la educación, que por supuesto hacen un trabajo más interesante, más grato y más satisfactorio, sino que también va a redundar en beneficio de los niños y niñas que asisten a las escuelas y liceos del país», agregó la Secretaria de Estado. 

La nueva ley es fruto de las negociaciones encabezadas durante 2006 por la Ministra Yasna Provoste con el gremio de los Co Docentes, que dieron paso a la firma de un Protocolo de Acuerdo entre el Ministerio de Educación y este gremio en el mes de septiembre del mismo año. En él, quedó establecido el interés del Estado por reconocer y mejorar las condiciones labores de este grupo de trabajadores a través de una iniciativa legal enviada al Congreso, que modificó la Ley Nº 19.464.

Contenidos del proyecto

– Cambio de Nominación: dejarán de llamarse personal “No Docente” para ser catalogados como “Asistentes de Educación“. Así, se los sitúa como colaboradores de la función educativa y no ajena a ésta.

– Inhabilidades para ejercer la función: se establece que no podrán desempeñar labores de Asistentes de Educación las personas que infrinjan la ley de Violencia Intrafamiliar y la Ley de Acoso Sexual.

– Sistema de Evaluación de Desempeño: se trata de un beneficio de $96.000 otorgados para los años 2008 y 2009 a los asistentes de la educación que hayan cumplido funciones en jornadas de 44 ó 45 horas y se encuentren dentro del 80% de las personas denominadas con un buen desempeño.
Este bono se incrementará en $48.000 para quienes cumplan funciones en establecimientos declarados de desempeño difícil por razones de ubicación geográfica, marginalidad, extrema pobreza, o en aquellos que cuenten con más de 40% de alumnos prioritarios de acuerdo al índice de vulnerabilidad definido por la JUNAEB. Durante 2007 los asistentes de la educación recibieron por una vez, $72.000 como anticipo a la incorporación al sistema de evaluación de desempeño.

– Participación de un representante de los Asistentes de la Educación en los Consejos escolares: a través de la modificación de la ley Nº 19.979.

– Bonificación por retiro voluntario: dirigido al personal que se desempeña en establecimientos educacionales administrados directamente por las municipalidades o por corporaciones privadas sin fines de lucro y los establecimientos regidos por el decreto Nº 3.166, que a la fecha de publicación de esta ley tengan 60 o más años de edad si son mujeres, ó 65 ó más años de edad si son hombres, y hagan efectiva su renuncia voluntaria. Los beneficiarios tendrán derecho a percibir una bonificación equivalente a un mes de remuneración imponible por cada año de servicio prestado, con un máximo de once meses.
El personal que se acoja a la bonificación por retiro voluntario tendrá derecho, por una sola vez, a un incremento de un Millón de pesos, en la medida que renuncie voluntariamente al total de horas que sirve dentro de los noventa días siguientes a la fecha de publicación de esta ley.
Al año 2007 se estima un total de 5.368 asistentes de la educación en condiciones de acogerse al retiro voluntario.


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