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Fue redactada durante el gobierno de O’Higgins por su ministro José Antonio Rodríguez Aldea.

Entre sus normas se destacan:

• El poder ejecutivo recae en el Director Supremo durante seis años, con la posibilidad de ser reelegido por otros cuatro años más.

• El poder legislativo se dividió entre: la cámara de Senadores y la de Diputados.

• Definió que la nación chilena es la unión de todos los chilenos y que en ella reside la soberanía.

• También señala que la religión del Estado es la católica, apostólica y romana, con exclusión de cualquier otra.

• Establece que: “el gobierno de Chile será siempre representativo, compuesto de tres poderes independientes: legislativo, ejecutivo y judicial”.


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